DECRETO 2055 DE 2014 NO HAY MáS DE UN MISTERIO

decreto 2055 de 2014 No hay más de un misterio

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en los puntos de cesión de los títulos de transporte o por los medios que se consideren más adecuados y proporcionados en función de la naturaleza de los servicios, los canales de saldo y las características del beneficiario de las ayudas.

5. La condición de la empresa como concesionaria de transporte regular de viajeros por carretera será acreditada mediante certificado emitido por el órgano competente de la Dirección General de Transporte por Carretera y Ferrocarril expresando dicha circunstancia.

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Artículo 61. Determinación de los ingresos procedentes del uso de abonos o títulos de transporte multiviaje respecto del total de ingresos de los servicios de transporte.

a) El valencia medio que correspondería a un inquilinato de vivienda en el entorno en que se encuentre el inmueble, determinado a partir de los índices de relato del precio del alquiler de vivienda u otras referencias objetivas representativas del mercado de arrendamiento.

Que el asunto del presente decreto no tiene incidencia en la osado competencia en los mercados, por tanto, el mismo no requirió concepto previo de Derecho de la competencia por parte de la Superintendencia de Industria y Comercio, de conformidad con las respuestas al formulario dispuesto por dicha superintendencia, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 7° de la índole 1340 de 2009.

1. Las ayudas se corresponderán con un porcentaje de financiación en el precio habitual de los títulos multiviaje y abonos ordinarios de los servicios de transporte terrestre competencia de las administraciones beneficiarias, excluidos el billete de ida y Revés y los títulos turísticos de cualquier naturaleza similar, para el periodo comprendido entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2025.

En redes sociales y en noticiero he letrado que el incremento de las tarifas fue promovido por las Cámaras de Comercio, ¿Es cierto?

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3. La solicitud irá acompañada de una afirmación responsable de que el solicitante presta servicios de transporte público colectivo urbano o interurbano y del compromiso de la comunidad autónoma o entidad Circunscrito solicitante, o de la entidad que tenga la competencia para ello, de implantación de una reducción del precio de los abonos y títulos multiviaje en los términos establecidos en el artículo 7 de este real decreto-índole y de financiar con cargo a sus propios presupuestos la cuantía que resulte necesaria para compensar a las entidades y operadores de transporte por la aplicación del descuento y los costes a que se refiere el artículo 12, menos los derivados de incumplimientos del plazo de ingreso a las entidades y operadores de transporte, todo ello según el maniquí que resolucion 0312 del 2019 60 se pondrá a disposición a tal propósito en la Sede Electrónica.

6. El trabajador autónomo, durante el tiempo que esté percibiendo la prestación, deberá permanecer en alta en el régimen de Seguridad Social correspondiente e ingresar en la Tesorería Caudillo de la Seguridad Social la totalidad de las cotizaciones aplicando los tipos vigentes a la saco de cotización correspondiente. La mutua colaboradora o, en su caso, el Instituto Social de la Marina abonará al trabajador autónomo, junto con la prestación por cese en la actividad, el precio de las cotizaciones por contingencias comunes que le hubiera correspondido ingresar de encontrarse el trabajador autónomo sin desarrollar actividad alguna, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 329 del texto refundido de la Condición Caudillo de la Seguridad Social.

3. Para que opere la suspensión a que se refiere el apartado preliminar, quien habite la vivienda sin título habrá de ser persona dependiente de conformidad con lo dispuesto en el apartado dos del artículo 2 de la Calidad 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, víctima de violencia sobre la mujer o tener a su cargo, conviviendo en la misma vivienda, alguna persona dependiente o menor de permanencia.

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